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Líneas fiscales

AUDITORIA A PENSIONADOS Y JUBILADOS

LÍNEAS FISCALES

AUDITORÍAS A JUBILADOS Y PENSIONADOS

QUE NO PRESENTEN SU DECLARACIÓN ANUAL.

 

Recientemente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), emitió un comunicado mediante el cual lanza una clara amenaza a las personas jubiladas y pensionadas del IMSS, INFONAVIT, CFE,  y otras, con el fin de persuadirles para que cumplan con la obligación de presentar su declaración anual del año de 2024 y cinco años anteriores, so pena de ser sujetos -como mínima consecuencia-, de un requerimiento y multas de hasta el 20%, o incluso la práctica de una auditoría directa en su domicilio que podría culminar en la determinación de un adeudo, actualización, recargos y multas, calculados sobre las cantidades que no hayan sido enteradas a la autoridad fiscal.

 

En lo personal, me gustaría ser más optimista y pensar que la situación quedara en un simple amago con el fin de asustar al gremio de los jubilados y pensionados y provocar cumplimientos espontáneos, sin embargo el panorama es muy obscuro e incierto, ya que el SAT ya ha iniciado con requerimientos de cumplimiento de presentación de declaraciones e incluso ha ejercido facultades de comprobación en contra de este tipo de contribuyentes que hayan decidido optar por no presentar su declaración anual, sobre todo a aquellos que reciben una doble pensión.

 

Entendemos que algunas de las razones que motivan a este tipo de contribuyentes a no declarar, son varias y hemos detectado que van desde el temor a ser localizados y estar en la mira del SAT, -lo cual es erróneo, ya que actualmente con la ayuda de la tecnología, la autoridad tiene localizado a todo mundo independientemente de su situación o condición-, otra de las razones es no contar con los recursos para pagar impuestos, no contar con gastos deducibles que pudieran generar un pago mínimo, un pago nulo o hasta una devolución, no contar con algún profesionista contador que los asesore en la presentación de su declaración, o simplemente por apatía al cumplimiento al no ver reflejados sus impuestos en servicios básicos como salud, seguridad o infraestructura general o específica para personas que reciben ingresos por pensiones o jubilaciones, las cuales por añadidura y consecuencia lógica, la mayoría son de la tercera edad.

 

En relación al presente tema, existen dos situaciones en las que un jubilado o pensionado puede encuadrar su conducta, la primera es seguir sin presentar sus declaraciones anuales, lo cual los pone en la mira del SAT por morosos y corren el riesgo de llegar a ser requeridos con una multa aparejada por no haber cumplido espontáneamente, sumándose la peligrosa posibilidad de ser auditados en su domicilio, con la fatal conclusión de que si no se autocorrigen recibirían la notificación de un adeudo integrado por la suma principal, otras multas, actualizaciones y recargos hasta por cinco años atrás dependiendo de los periodos que hayan sido revisados, lo cual impactaría gravemente la economía de un ciudadano de esta categoría.

 

 

 

 

La segunda situación, es aquella en donde el jubilado o pensionado decida presentar su declaración anual, sin embargo en este caso, tendría que calcular los impuestos a pagar en unidades de medida de actualización (UMAS) y no en salarios mínimos, ya que a partir de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció que el pago debería de ser utilizando las mencionadas UMAS, lo cual seguramente le generaría impuestos a pagar, sobre todo a aquellos que reciben dos pensiones.

 

No obstante lo anterior, es importante aclarar, que independientemente del supuesto en el que se encuadre la situación y conducta de cada persona, en ambas existe la posibilidad de resolverlo de manera favorable atendiendo al caso concreto y dependiendo de las circunstancias de cada contribuyente, pero al final sin tener que pagar o pagar muy poco.

 

Para los que encuadren en el primer supuesto, existe la desventaja de que al no declarar, continúen en la mira de la autoridad pudiéndose llegar a considerar como “evasores fiscales”, y sean de los preferentemente elegidos para auditarlos y sancionarlos, sin embargo para aquellos que hayan decidido declarar, existen varios beneficios, ya que de primera mano, al declarar y considerarse como contribuyentes cumplidores, saldrían de la vista de la autoridad y apagarían cualquier foco rojo esquivando cualquier posible requerimiento y multa por presentar su declaración con extemporaneidad así como evitar ser sujetos de auditorías, aclarando que en el segundo de los casos, surgiría un eventual impuesto a pagar por la cuestión del cálculo en UMAS, lo cual se puede resolver, ya que existen diversas estrategias mediante las cuales el cálculo del pago del impuesto se puede efectuar de manera en que independientemente de que sea en UMAS o en salarios mínimos, dicho pago se mitigue hasta llegar al extremo de que sea nulo o insignificante.

 

Desde luego que en ambas situaciones, existe la posibilidad y el derecho de acudir ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa a defenderse contra cualquier acto de autoridad, sin embargo, para aquellos que se encuentren en el segundo supuesto, el riesgo de ser auditados es mínimo o casi nulo y las posibilidades de ganar un juicio aumentan considerablemente, pero por otro lado, para quienes decidan no declarar y se arriesguen a ser auditados, las consecuencias pueden ser gravemente catastróficas económicamente hablando.

 

Hay que recordar que la política del actual Gobierno Federal es recaudatoria, ya que deben de sufragar una gran cantidad de gastos y para eso requieren de grandes cantidades de dinero, lo que los ha llevado a la necesidad de crear campañas de persecución que hoy ya alcanzan hasta a los jubilados y pensionados para recaudar de ellos, siendo que anteriormente era un gremio respetado, protegido y privilegiado.

 

Por lo anterior, si algún contribuyente jubilado o pensionado, está enfrentando una situación de temor a presentar su declaración anual por renuencia a pagar, está a punto de pago de los mismos al realizar su declaración anual siendo que antes no le resultaba a pagar o hasta contaba con un saldo a favor, o ya se encuentra ante un requerimiento de pago de impuestos, es muy importante que atienda esta circunstancia de manera urgente, oportuna y certera, acudiendo con los especialistas adecuados y tratar de proteger su economía haciendo un buen y correcto uso de la ley en su beneficio para evitar pagar montos de manera indebida o sufrir molestias por parte del SAT.

 

En Cristerna y Guajardo Abogados, estamos para atenderle y ayudarle a resolver sus dudas y problemas en materia fiscal y tributaria.

 

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Lic. Edgardo Cristerna Camacho

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